Propietarios

Proceso de alquiler

Registra
tu vivienda

Sin compromiso

Registro vivienda: Registra tu vivienda en 5 minutos. Indica la dirección, estancias, equipamiento, mobiliario, fotografías, etc.

Anuncio inmediato: Una vez registrada, tu vivienda se anunciará en menos de 24 horas.

Visibilidad funcionarios: Tu vivienda será visible para un alto número de funcionarios públicos interesados en alquilar.

Sin exclusividad: Si así lo deseas puedes anunciar tu vivienda en otros portales. En DOMUS no te existe ningún tipo de atadura por anunciar tu vivienda.

Más detalle

Recibe
solicitudes de alquiler

Sin compromiso

Recepción de solicitudes de alquiler: Cada domingo te enviaremos las solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios.

Solvencia económica verificada: Sólo te enviaremos las solicitudes de alquiler de aquellos funcionarios que tengan acreditada su condición de funcionarios y su solvencia económica.

Sin compromiso: No es necesario que aceptes ninguna de las solicitudes. Acepta solo aquellas en las que estés interesado.

Borrador contrato: Podrás ver el borrador del contrato antes de aceptar la solicitud de alquiler presentada por el funcionario.

Adjudicación: Cada martes a las 15 horas sabrás si tu vivienda se ha adjudicado. Solo en este caso deberás formalizar el contrato y pagar la comisión. En cualquier otro caso no te cobraremos nada.

Más detalle

Formaliza
el contrato

Comisión de éxito

Comisión de éxito: Solo pagarás si tu vivienda se adjudica a un funcionario.

Agilidad y simplicidad: Una vez adjudicada tu vivienda a un funcionario podrás formalizar el contrato en menos de 72 horas.

Redacción contrato: Despreocúpate de la redacción del contrato. DOMUS se encarga de la redacción del mismo.

Firma electrónica: Todos los contratos formalizados a través de DOMUS se firmarán mediante firma electrónica.

Fianza: DOMUS se encargará de recibir la fianza del funcionario y depositarla en el organismo que corresponda.

Primera mensualidad: DOMUS se encargará de cobrar el importe de la primera mensualidad antes de la entrada en la vivienda.

Suministros: Si así lo deseas podrás reclamar el cobro de los recibos de los suministros a través de la propia app.

Posibilidad de inicio inmediato: La fecha de inicio del arrendamiento podrá ser el mismo lunes siguiente al de la firma del contrato.

Más detalle

Registro vivienda: Registra tu vivienda en menos de diez minutos. Indica la dirección, estancias, equipamiento, mobiliario, fotografías, etc.

Anuncio inmediato: Una vez registrada, tu vivienda se supervisará y anunciará en menos de 24 horas.

Visibilidad funcionarios: Tu vivienda será visible para un alto número de funcionarios públicos interesados en alquilar.

Sin exclusividad: Si así lo deseas puedes anunciar tu vivienda en otros portales. En DOMUS no existe ningún tipo de atadura o compromiso por anunciar tu vivienda en nuestro portal.

Recepción de solicitudes de alquiler: Cada domingo a las 12:00 horas te enviaremos las solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios.

Solvencia económica verificada: Sólo te enviaremos las solicitudes de alquiler de aquellos funcionarios que tengan acreditada su condición de funcionarios y su solvencia económica.

Sin compromiso: No es necesario que aceptes ninguna de las solicitudes de alquiler recibidas. Acepta solo aquellas en las que estés interesado. Podrás aceptarlas hasta el martes a las 14:00 horas.

Borrador contrato: Podrás ver el borrador del contrato antes de aceptar la solicitud de alquiler presentada por el funcionario.

Adjudicación: Cada martes a las 15:00 horas sabrás si tu vivienda se ha adjudicado finalmente a uno de los funcionarios cuya solicitud hubieras aceptado. Solo en este caso deberás formalizar el contrato y pagar la comisión. En cualquier otro caso no te cobraremos nada.

Comisión de éxito: Solo pagarás si tu vivienda se adjudica a un funcionario cuya solicitud de alquiler hubieras aceptado.

Agilidad y simplicidad: Una vez adjudicada tu vivienda, podrás formalizar el contrato en menos de 72 horas.

Redacción contrato: Despreocúpate de la redacción del contrato. DOMUS se encarga de la redacción del mismo.

Firma electrónica: Todos los contratos formalizados a través de DOMUS se firmarán mediante firma electrónica.

Fianza: DOMUS se encargará de recibir la fianza del funcionario y depositarla en el organismo público que corresponda.

Primera mensualidad: DOMUS se encargará de cobrar el importe de la primera mensualidad antes de la entrada en la vivienda.

Suministros: Si así lo deseas podrás reclamar el cobro de los recibos de los suministros a través de la propia app.

Posibilidad de inicio inmediato: La fecha de inicio del arrendamiento podrá ser el mismo lunes siguiente al de la firma del contrato.

Más detalle

Ventajas

Menor riesgo
Mayor rentabilidad

Alquila tu vivienda a funcionarios públicos con ingresos recurrentes y estabilidad laboral.

Garantiza así un menor riesgo y la máxima rentabilidad para tu inversión.

Gestión
pasiva

Disfruta de una experiencia de alquiler sin preocupaciones.

Deja en manos de DOMUS la búsqueda de inquilinos solventes asegurando así una renta pasiva sin complicaciones.

Alta
visibilidad

Tu vivienda será visible para un elevado número de funcionarios.

Así asegurarás ofertas de personas con solvencia económica verificada y empleos estables en el sector público.

Competitividad

Los funcionarios podrán ofrecer una renta superior a la que tú solicites inicialmente de tal forma que podrás aumentar los ingresos por tu vivienda según las ofertas recibidas.

Mínimo riesgo
de impago

Siendo el inquilino un funcionario público podrás disfrutar de un nulo o mínimo riesgo de impago, reduciendo la necesidad de seguros adicionales y maximizando tu rentabilidad.

Si aún así quisieras contratar un seguro de impago te debería resultar más económico.

Alta tasa
de ocupación

DOMUS asegura un alto índice de ocupación coordinando la entrada y salida de los funcionarios en tu vivienda.

Además asumimos un compromiso de baja rotación o permanencia de los inquilinos (véase la sección de “Tarifas”)

Sin
compromiso

Registra tu vivienda y empieza a recibir solicitudes de alquiler de funcionarios.

Todo ello de forma totalmente gratuita y sin compromiso alguno.

Sin
exclusividad

En DOMUS no te exigimos exclusividad.

Puedes anunciar simultáneamente tu vivienda en cualquier otro portal o agencia inmobiliaria.

Sin estrés ni
múltiples contactos

Cada domingo recibirás las solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios durante la semana.

Tendrás hasta el martes a las 14:00 horas para aceptar o descartar las solicitudes recibidas. El mismo martes a las 15:00 horas sabrás si has logrado alquilar tu vivienda.

Todo ello sin necesidad de  múltiples contactos diarios con agentes inmobiliarios ni inquilinos.

Seguridad
y transparencia (I):
Borrador del contrato

Tendrás a tu disposición un borrador del contrato de alquiler relativo a cada solicitud de alquiler que recibas.

Seguridad
y transparencia (II):
Contrato

DOMUS es la encargada de la redacción e intermediación en la formalización del contrato.

Todos los contratos se formalizarán con firma electrónica.

Los propietarios podrán lógicamente determinar la renta exigida, la admisibilidad o no de mascotas, cuestiones relativas al pago de los suministros y otras opciones contractuales.

Seguridad
y transparencia (III):
Funcionario público

Y lo más importante:

Te garantizamos que todas las solicitudes de alquiler que recibas se hayan presentado por un funcionario público.

Tarifas

Transparentes, simples y competitivas

El propietario podrá registrar su vivienda y recibir las solicitudes de forma totalmente gratuita y sin ningún tipo de compromiso.

Únicamente deberá pagar la comisión de éxito en caso de alquilar su vivienda.

1º Registra
tu vivienda

Gratis

Sin compromiso

2º Recibe solicitudes de alquiler

Gratis

Sin compromiso

3º Formaliza
el contrato

Media mensualidad

Comisión de éxito

Desde DOMUS asumimos un compromiso de permanencia o baja rotación.

En caso de que el funcionario hubiera firmado un contrato de arrendamiento de vivienda y abandonara la vivienda sin que el propietario hubiera tenido derecho a cobrar un importe equivalente a 24 mensualidades, DOMUS practicará los siguientes descuentos:

  •  Descuento total de la comisión en caso de no haber alcanzado el derecho a cobrar al menos 12 mensualidades

 (ej. Si un contrato de arrendamiento de vivienda expirase con 11 mensualidades devengadas y se hubiese pagado una comisión de 500 € el descuento por el compromiso de permanencia sería de 500 €.)

  •  Descuento proporcional de la comisión en caso de no haber alcanzado el derecho a cobrar al menos 24 mensualidades

 (ej. Si un contrato de arrendamiento de vivienda expirase con 15 mensualidades devengadas y se hubiese pagado una comisión de 500 € el descuento por el compromiso de permanencia que procedería resultaría de multiplicar 500 por 9 (24 – 15) entre 24; es decir, 187,50 €.)

El descuento se aplicará en el contrato posterior a aquel en el que no se hubiera devengado el derecho a cobrar el importe

DOMUS otorga un descuento por recurrencia cuando el propietario, una vez finalizado un contrato de arrendamiento firma un nuevo contrato de arrendamiento a través de DOMUS.

Para poder obtener este descuento será necesario que entre la finalización del primer contrato y la firma del segundo no hayan transcurrido más de 3 meses.

El descuento por recurrencia se aplicará sobre el importe de la comisión que corresponda al nuevo contrato de arrendamiento de vivienda y será de 100 € si el nuevo contrato es un contrato de arrendamiento de vivienda, si el nuevo contrato fuese un contrato de arrendamiento de temporada el descuento por recurrencia ascenderá a 200 €.

¿Eres mayor de 65 años?

DOMUS te ayuda a alquilar tu vivienda

DOMUS pone a disposición un servicio especial de atención para los mayores de 65 años.

Si has cumplido 65 años podemos acompañarte en el proceso de alquilar tu vivienda de forma totalmente gratuita.

1º Registra tu vivienda
(mayores de 65)

Gratis

Sin compromiso

Haremos el registro junto a ti mediante llamada telefónica. Tú tan solo deberás aportar las fotografías e indicar las características de la vivienda.

2º Recibe solicitudes de alquiler
(mayores de 65)

Gratis

Sin compromiso

Te detallaremos las solicitudes de alquiler que haya recibido tu vivienda. Acepta solo aquellas en las que estés interesado.

3º Formaliza el contrato (mayores de 65)

Media mensualidad

Comisión de éxito

Podrás formalizar el contrato sin desplazamientos. Tan solo deberás firmar el contrato que te enviaremos al correo electrónico.

Los mayores de sesenta años podrán solicitar gratuitamente a DOMUS su ayuda en el proceso de alquilar su vivienda.

La ayuda se proporcionará a lo largo de las tres etapas del proceso de alquiler: Registro de la vivienda / Recepción de las solicitudes de alquiler / Formalización del contrato de alquiler.

Puedes solicitar el servicio sin ningún tipo de compromiso.

Además si así lo deseas solicita que te llamemos y en cinco minutos te explicaremos el servicio ofrecido.

No te comprometes a nada por recibir esa llamada.

La persona responsable o de contacto podrá ser la propia persona mayor de 65 años u otra persona escogida por ella.

DOMUS realizará todas las gestiones con la persona responsable o de contacto.

DOMUS registrará la vivienda de los mayores de 65 años siempre y cuando ellos así lo soliciten.

Pasos para realizar el registro:

  • Solicitar el registro de la vivienda por la persona mayor de 65 años o por su representante.
  • Enviar a DOMUS las fotografías de la vivienda (al menos dos fotografías por cada estancia) y un vídeo de menos de 3 minutos de la vivienda.
  • Registro de la vivienda mediante llamada telefónica. Un miembro del equipo de DOMUS llamara a la persona mayor de 65 años o a su representante para completar el registro. Durante la llamada deberá indicar determinadas características de la vivienda así como la renta de alquiler solicitada.

Entre el domingo y el martes te llamaremos para detallarte las solicitudes de alquiler que has recibido.

Serás tú quien acepte o rechace las solicitudes en cuestión.

Podrás formalizar el contrato sin ningún tipo de complicación. Únicamente deberás firmar el contrato que te enviaremos a tu correo electrónico.

El coste del servicio especial es totalmente gratuito.

Los mayores de sesenta y cinco años no deberán pagar más que el resto de propietarios por los servicios prestados por DOMUS.

En otras palabras, únicamente deberán pagar la comisión de éxito en caso de formalizar un contrato a través de DOMUS.

Preguntas frecuentes

No. El registro y anuncio de la vivienda es totalmente GRATUITO y SIN COMPROMISO.
El propietario puede simplemente registrar su vivienda y recibir las solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios sin ningún tipo de compromiso o atadura.

No. La recepción de solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios es totalmente GRATUITA y SIN COMPROMISO.
El propietario no estará obligado a aceptar ninguna de las solicitudes de alquiler que reciba pero podrá aceptar aquéllas en las que esté interesado.
Sí. El depósito de la señal es obligatorio de cara a garantizar el interés real del propietario en alquilar su vivienda.
Será necesario que los propietarios depositen una señal única de 100 € para poder aceptar tantas solicitudes de alquiler como deseen. Se trata de una exigencia análoga a la requerida a los funcionarios que hayan presentado las solicitudes de alquiler.
Los propietarios no perderán la señal salvo que la vivienda en cuestión se adjudique y el contrato de arrendamiento no se formalice correctamente por causa imputable al propietario.
En caso de que su vivienda no se adjudique a ningún funcionario, los propietarios podrán solicitar el reembolso de la señal desde el martes a las 15:00 horas.

En DOMUS trabajamos a éxito. Únicamente deberás pagar la comisión de éxito en caso de que tu vivienda se haya adjudicado a uno de los funcionarios cuya solicitud de alquiler hubieras aceptado previamente.
La comisión es una de las más bajas del mercado. Es una comisión altamente competitiva dentro del mercado actual donde es frecuente ver comisiones de una mensualidad o del 10 % de la anualidad más IVA.
En los contratos de arrendamiento de vivienda (larga duración) la comisión es de media mensualidad.
En los contratos de arrendamiento de temporada (cursos de formación) el importe de la comisión será el mínimo entre:
  – Media mensualidad
  – Un 5% de la renta total pactada en el contrato
Ejemplo 1: Contrato de arrendamiento con una renta mensual de 800 €. El importe de la comisión será de 400 € (media mensualidad) + IVA.
Ejemplo 2: Contrato de arrendamiento con una renta mensual de 1.500 €. El importe de la comisión será de 750 € (media mensualidad) + IVA.
Ejemplo 1: Contrato de arrendamiento de temporada cuya duración es de 6 meses con una renta mensual de 1.500 €. El importe de la comisión será el mínimo entre:
  – Media mensualidad: 750 €
  – Un 5% de la renta total pactada en el contrato: 5% (6 meses x 1.500 €) = 450 €
Por tanto, el importe de la comisión sería de 450 € + IVA.
Ejemplo 2: Contrato de arrendamiento de temporada cuya duración es de 11 meses con una renta mensual de 1.500 €. El importe de la comisión será el mínimo entre:
  – Media mensualidad: 750 €
  – Un 5% de la renta total pactada en el contrato: 5% (11 meses x 1.500 €) = 825 €
Por tanto, el importe de la comisión sería de 750 € + IVA.
Desde DOMUS asumimos un compromiso de permanencia o baja rotación.
En caso de que el funcionario hubiera firmado un contrato de arrendamiento de vivienda y abandonara la vivienda sin que el propietario hubiera tenido derecho a cobrar un importe equivalente a 24 mensualidades, DOMUS practicará los siguientes descuentos:
 – Descuento total de la comisión en caso de no haber alcanzado el derecho a cobrar al menos 12 mensualidades
 (ej. Si un contrato de arrendamiento de vivienda expirase con 11 mensualidades devengadas y se hubiese pagado una comisión de 500 € el descuento por el compromiso de permanencia sería de 500 €.)
 – Descuento proporcional de la comisión en caso de no haber alcanzado el derecho a cobrar al menos 24 mensualidades
 (ej. Si un contrato de arrendamiento de vivienda expirase con 15 mensualidades devengadas y se hubiese pagado una comisión de 500 € el descuento por el compromiso de permanencia que procedería resultaría de multiplicar 500 por 9 (24 – 15) entre 24; es decir, 187.50 €.)
El descuento se aplicará en el contrato posterior a aquel en el que no se hubiera devengado el derecho a cobrar un importe equivalente a 24 mensualidades. A efectos de determinar el importe de las mensualidades con derecho a cobro devengado se computarán las rentas mensuales correspondientes así como, en su caso, las compensaciones e indemnizaciones que correspondan al propietario por el desistimiento del contrato de arrendamiento.
En todo caso, entre la fecha efectiva de la finalización del primer contrato y la fecha de firma del nuevo contrato de arrendamiento en el que se aplicara el descuento no deberán transcurrir más de 12 meses.
 
DOMUS otorga un descuento por recurrencia cuando el propietario, una vez finalizado un contrato de arrendamiento firma un nuevo contrato de arrendamiento a través de DOMUS.
Para poder obtener este descuento será necesario que entre la finalización del primer contrato y la firma del segundo no hayan transcurrido más de 3 meses.
El descuento por recurrencia se aplicará sobre el importe de la comisión que corresponda al nuevo contrato de arrendamiento. El importe del descuento será de 100 €.
 

No. El registro y anuncio de la vivienda es totalmente GRATUITO y SIN COMPROMISO. El propietario puede simplemente registrar su vivienda y recibir las solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios sin ningún tipo de compromiso o atadura.
No. La recepción de solicitudes de alquiler presentadas por los funcionarios es totalmente GRATUITA y SIN COMPROMISO. El propietario no estará obligado a aceptar ninguna de las solicitudes de alquiler que reciba pero podrá aceptar aquéllas en las que esté interesado.
En DOMUS trabajamos a éxito. Únicamente deberás pagar la comisión de éxito en caso de que tu vivienda se haya adjudicado a uno de los funcionarios cuya solicitud de alquiler hubieras aceptado previamente.

Ejemplo 1: Contrato de arrendamiento con una renta mensual de 800 €. El importe de la comisión será de 400 € (media mensualidad) + IVA.

Ejemplo 2: Contrato de arrendamiento con una renta mensual de 1.500 €. El importe de la comisión será de 750 € (media mensualidad) + IVA.

Ejemplo 1: Contrato de arrendamiento de temporada cuya duración es de 6 meses con una renta mensual de 1.500 €. El importe de la comisión será el mínimo entre:

  – Media mensualidad: 750 €

  – Un 5% de la renta total pactada en el contrato: 5% (6 meses x 1.500 €) = 450 €

Por tanto, el importe de la comisión sería de 450 € + IVA.

Ejemplo 2: Contrato de arrendamiento de temporada cuya duración es de 11 meses con una renta mensual de 1.500 €. El importe de la comisión será el mínimo entre:

  – Media mensualidad: 750 €

  – Un 5% de la renta total pactada en el contrato: 5% (11 meses x 1.500 €) = 825 €

Por tanto, el importe de la comisión sería de 750 € + IVA.

Desde DOMUS asumimos un compromiso de permanencia o baja rotación.
En caso de que el funcionario hubiera firmado un contrato de arrendamiento de vivienda y abandonara la vivienda sin que el propietario hubiera tenido derecho a cobrar un importe equivalente a 24 mensualidades, DOMUS practicará los siguientes descuentos:
  •  Descuento total de la comisión en caso de no haber alcanzado el derecho a cobrar al menos 12 mensualidades.

(ej. Si un contrato de arrendamiento de vivienda expirase con 11 mensualidades devengadas y se hubiese pagado una comisión de 500 € el descuento por el compromiso de permanencia sería de 500 €.)

  • Descuento proporcional de la comisión en caso de no haber alcanzado el derecho a cobrar al menos 24 mensualidades

(ej. Si un contrato de arrendamiento de vivienda expirase con 15 mensualidades devengadas y se hubiese pagado una comisión de 500 € el descuento por el compromiso de permanencia que procedería resultaría de multiplicar 500 por 9 (24 – 15) entre 24; es decir, 187.50 €.)

El descuento se aplicará en el contrato posterior a aquel en el que no se hubiera devengado el derecho a cobrar un importe equivalente a 24 mensualidades. A efectos de determinar el importe de las mensualidades con derecho a cobro devengado se computarán las rentas mensuales correspondientes así como, en su caso, las compensaciones e indemnizaciones que correspondan al propietario por el desistimiento del contrato de arrendamiento.
En todo caso, entre la fecha efectiva de la finalización del primer contrato y la fecha de firma del nuevo contrato de arrendamiento en el que se aplicara el descuento no deberán transcurrir más de 12 meses.
DOMUS otorga un descuento por recurrencia cuando el propietario, una vez finalizado un contrato de arrendamiento firma un nuevo contrato de arrendamiento a través de DOMUS.
Para poder obtener este descuento será necesario que entre la finalización del primer contrato y la firma del segundo no hayan transcurrido más de 3 meses.
El descuento por recurrencia se aplicará sobre el importe de la comisión que corresponda al nuevo contrato de arrendamiento. El importe del descuento será de 100 €.

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